ONAPI ha cumplido a cabalidad con los plazos que contempla la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, la cual establece que las solicitudes de patentes deben ser sometidas a un trámite regular que incluye varias fases (examen de forma, publicación, examen de fondo).
La solicitud a la que se refiere la denuncia está en fase de examen de fondo (artículo 22), que consiste en la evaluación de los requisitos de patentabilidad.
A los resultados de la investigación ordenada, aun en curso, se dará el trato correspondiente conforme a lo establecido en las normas legales de la administración gubernamental, y al estricto cumplimiento de la ética profesional que deben observar los servidores públicos desde cualquier posición que ocupen y en particular lo establecido en el Código de Ética de ONAPI.
La alta dirección de ONAPI garantiza de manera estricta el cumplimiento de la misión institucional encomendada en su ley, al tiempo que promueve un ejercicio responsable, justo y equilibrado, como Organización comprometida con la promoción y difusión de la innovación y, con el seguimiento de los procesos de registros de propiedad industrial en beneficio de nuestros usuarios; en aras de contribuir al desarrollo inventivo y económico del país a través de la prestación de servicios de excelente calidad.
Los procesos de ONAPI están certificados, regulados y evaluados bajo la Norma ISO 9001:2015 que rige el sistema de gestión de calidad, sistema que se ha asumido institucionalmente con estricto apego a la eficiencia con el firme propósito de encaminar esfuerzos hacia la incorporación de mejoras continuas así como la excelencia en los servicios prestados a la ciudadanía.
Departamento de Comunicaciones de ONAPI